En 1904, el Ayuntamiento de Alcalá la Real decidió impugnar la Clasificación de los Médicos Titulares que propuso la Junta de Gobierno y Patronato de los mismos para el municipio de Alcalá la Real. Consideró que no se atenía a los datos reales del municipio, ni por el número de habitantes considerados ni por el presupuesto municipal.
Este litigio duró varios años y debido a su extensión lo desarrollaremos en varias entradas. En la de hoy abordaremos el comienzo del conflicto y la respuesta del Ayuntamiento en los años 1904 y 1905.
Todo empezó con la Instrucción General de Sanidad aprobada en enero de 1904 y la organización de las profesiones sanitarias que en ella se establecía. Según su artículo 91, para el servicio de asistencia a los enfermos pobres, todos los Ayuntamientos tendrían un Médico Titular y un Practicante Titulado por cada 300 familias indigentes.
Los médicos debían constituir un Cuerpo de Médicos Titulares, cuya Junta de Gobierno y Patronato se ocuparía de la Clasificación de éstos, de la disciplina interior de la Corporación y de los intereses colectivos o individuales de sus miembros (Art. 96).
Los cargos de esa Junta de Gobierno tendrían una duración de seis años, siendo la primera elección en octubre de 1904 (Art. 99). Una vez constituída tendría que redactar el Reglamento Interior del Cuerpo y clasificaría los partidos en cinco agrupaciones graduales, en consideración al numero de habitantes de cada Municipio y a la cuantía de su presupuesto o el sueldo asignado a la titular (Art. 100).
A continuación puedes ver las reacciones del Ayuntamiento de Alcalá la Real ante este asunto a lo largo de 1904, según las actas de las sesiones municipales de ese año 1 , 2 .
Carta del alcalde de Fuen Mayor (Logroño)
En la primavera de 1904 circulaba por los ayuntamientos de España una carta del alcalde de Fuen Mayor (Logroño) invitando a las corporaciones municipales “a unificar sus esfuerzos para rechazar las exigencias de los Medicos Titulares y las facultades que se abroga la Junta Patronal de los mismos en sentido de oposición a las que competen a los Ayuntamientos”.
En Alcalá la Real la Corporación leyó esa circular en el mes de junio, y acordó acceder a lo propuesto por dicho alcalde notificándole que contara “con las gestiones de la Corporación, no solo para rechazar los perniciosos efectos del Colectivismo de los Médicos Titulares, que siendo subvenidos por los Ayuntamientos deben ser dependientes de los mismos y no disponedores a su antojo del Erario Municipal sino también del movimiento en igual sentido de los Maestros de Escuelas y el ya iniciado por la clase Farmacéutica”.
Esta respuesta se produjo dos meses antes de que la Corporación conociera la Clasificación de los Médicos Titulares que la Junta de Gobierno del Patronato de los mismos realizó para la zona de Alcalá al Real.
El Ayuntamiento decide impugnar la Clasificación de Médicos Titulares
El alcalde D. Valeriano Leon Ruiz de la Fuente y los concejales reunidos en el Ayuntamiento el 10 de agosto de 1904, conocieron ese día la Clasificación de los Médicos Titulares hecha por la Junta de Gobierno y Patronato de los mismos establecidos en Madrid. Según la misma, corresponderían a Alcalá la Real cuatro facultativos, con dotación de 2.500 ptas cada uno de ellos.
La corporación municipal decidió en esa sesión impugnar dicha Clasificación por entender que las facultades que se otorgaba la referida Junta Patronal no estaban ajustadas a las prescripciones legales vigentes.
El Reglamento de los Médicos Titulares
En la sesión celebrada el 19 de octubre de 1904, la Corporación Municipal fue informada del Reglamento del Cuerpo de Médicos Titulares aprobado por Real Decreto el 12 de octubre 3 y que acababa de ser publicada en la Gaceta de Madrid.
Tras la lectura del mismo, el alcalde y los concejales allí presentes consideraron que sus prescripciones modificaban en parte el Capítulo VIII de la Instrucción General de Sanidad dedicado a la organización de las profesiones oficiales. Por ello, acordaron que la Alcaldía lo tuviera presente al realizar la impugnación de la Clasificación de estos funcionarios, según habían decidido en la sesión del 10 de agosto.
Los contratos de los Médicos Titulares
El 22 de octubre de 1904 se aprobó una Real Orden 4 que recomendaba a los Ayuntamientos que consideraran prorrogados, sin limitación de tiempo, los contratos estipulados con los Médicos Municipales con anterioridad a la Instrucción General de Sanidad.
La Corporación municipal reunida el 19 de noviembre de 1904 tras el debate sobre dicho texto legal, decidieron no obstante, esperar a la resolución de la impugnación de la Clasificación de los Médicos Titulares.
Consideraron que una vez conocida ésta, procederían a la renovación de dichos contratos, en la forma que procediera.
Por lo tanto, en 1904, el año en que se constituyó el Cuerpo de Médicos Titulares, los Ayuntamientos temían que éste se otorgara funciones y competencias que les competía solo a ellos. Al principio del conflicto, este aspecto fue tan importante como el interés en no aumentar el sueldo de los médicos que tenían contratados.
Probablemente, con el paso del tiempo, el aspecto económico asociado al sueldo de los médicos se convertiría en el elemento principal del conflicto.
Hasta otoño de 1905 no hay constancia en las actas municipales de que la corporación abordara este asunto, sin embargo, en la primavera de ese año hubo una publicación en la Gaceta de Madrid de otra Real Orden relativa a la clasificación de las plazas de Médicos titulares 5.
En esta Real Orden, del 9 de abril de 1905, se explicaba que en todo Cuerpo la categoría suponía un sueldo y una escala en la que se situan los individuos que lo integran. Por ello se establecían las siguientes cinco categorías con sus consiguientes dotaciones:
- Primera categoría: 2.500 pesetas.
- Segunda: 2000 pesetas
- Tercera: 1500 pesetas
- Cuarta: 1000 pesetas
- Quinta: 750 pesetas
La Clasificación de las plazas de Médicos Titulares para la provincia de Jaen se publicó en la Gaceta de Madrid el 8 de septiembre de 1905 6.
Según la misma, para Alcalá la Real y sus doce aldeas corresponderían cuatro médicos que se clasificarían de primera categoría, en base a los siguientes datos:
- Censo de la población Oficial = 15.973; Censo de la Población Real = 19.500
- Numero de familias pobres que hay = 1000; Nº de familias pobres que debe haber = 1300
- Cuantía del presupuesto municipal = 226.940,79 pesetas
- Sueldo de la Titular: que tiene = 999 pesetas, que debería tener = 2.500 pesetas.
- Dotación Total, con las igualas o rendimiento tos profesionales: 2500 pesetas
- Distancias en kms que hay que recorrer para visitar la titular: 19
- Topografia: montuosa
- Apellidos y Nombres de quienes actualmente desempeñan la titular:
- Ruiz-Matas Ecija, Miguel
- Siles Marin, Miguel
- Muñoz San Rafael, Gregorio
- Montañes Torre, Francisco
A continuación puedes ver los aspectos abordados en las sesiones municipales celebradas en el Ayuntamiento de Alcalá la Real en 1905, en las que se debatió sobre este conflicto y quedó constancia de ello en los libros de Actas Municipales.
La Clasificación de los médicos titulares para Alcalá la Real
La corporación municipal debatió la publicación mencionada sobre la Clasificación de las plazas de Médicos Titulares para la provincia de Jaen, particularmente la categoría asignada a Alcalá la Real, en la sesión celebrada el 4 de octubre de 1905.
En el acta de dicha reunión quedó constancia de su oposición a la categoría asignada a los médicos de Alcalá, debido fundamentalmente a los errores respecto a la población real del municipio, al numero de familias pobres, a la topografía y a los kilómetros que en ella se estipulaba que debían recorrer los médicos para atender a sus pacientes asignados.
La Corporación dispuso que, ateniéndose a lo establecido en la Real Orden del 9 de abril, se impugnara dicha clasificación y se corrigieran los errores en ella cometidos.
Una delegación de médicos visita al alcalde de Alcalá la Real
En la sesión ordinaria celebrada celebrada en el Ayuntamiento el 19 de octubre de 1905, el alcalde D. Pedro Alejandro Serrano informó a los concejales que había sido visitado por una comisión de Médicos Titulares.
El motivo de la visita fue para manifestarle que en la Clasificación de los de Médicos de la provincia de Jaen publicada en la Gaceta de Madrid, habían observado para este término municipal una población de 19.500 habitantes cuando según el ultimo censo era de 15.973.
Por ello le habían solicitado que se subsanara el error e hicieran constar su reclamación en el Acta de las sesiones del Ayuntamiento para los efectos que procedieran, participándole que iban en representación de todos sus compañeros.
La corporación acordó que así constara.
Finalización de los contratos de los médicos
Por tercera vez en el mes de octubre de 1905, la corporación abordó el asunto de los médicos titulares. En esta ocasión fue en la sesión celebrada el 30 de octubre de 1905, en la que la corporación decidió informar a los medicos titulares que sus contratos finalizarían el siguiente 31 de diciembre.
Con posterioridad a la resolución de la impugnación acordada, el Ayuntamiento se reservaría actuar sobre la provisión de las plazas según la legislación que entonces hubiera vigente.
Instancia de los médicos titulares de Alcalá
En respuesta a la comunicación del Ayuntamiento sobre la finalización de sus contratos, los médicos titulares de Alcalá la Real presentaron una instancia de la que queda constancia en la sesión correspondiente al 9 de noviembre.
En ella argumentaban que su derecho al desempeño de las plazas que ejercían estaba justificado por diversas disposiciones legales que les otorgaban un contrato ilimitado, pero además, hacían mención al dilatado servicio que habían venido prestando al vecindario, para que contratar a su favor.
La corporación remitió dicha instancia a la Comisión de Beneficencia y Sanidad para que resolviera con el mejor acierto.
En los años siguientes no figura este tema en las actas municipales, sin embargo sí hemos comprobado que seguían trabajando los mismos médicos titulares que había hasta el 31 de diciembre de 1905 en el que supuestamente finalizaban sus contratos.
Anualmente la Corporación solía nombrar a los cuatro médicos titulares para la realización de los reconocimientos a los mozos de reemplazo, y hemos podido constatar sus nombres en las designaciones para esta actividad.
Sin ninguna nueva inscripción relativa a este conflicto con los medicos hasta prácticamente la resolución del mismo, deducimos que en los cuatro años que transcurrieron para ello, todo siguió como estaba antes de la impugnación.
Pero continuaremos desarrollando este tema en una próxima entrada.
BIBLIOGRAFIA:
- A.M.A.R. (1904). Libro de Actas Municipales. Legajo A108/L5 ↩
- A.M.A.R., 1904. Libro de Actas municipales. Legajo A108/L6 ↩
- Ministerio de la Gobernación. Reglamento del Cuerpo de Médicos Titulares de España. Gaceta de Madrid nº 284. Octubre 1904 ↩
- Ministerio de la Gobernación. Real Orden, Circular. Gaceta de Madrid nº 296. Octubre 1904 ↩
- Ministerio de la Gobernación. 1905. Real Orden sobre la Clasificación de las plazas de médicos titulares. Gaceta de Madrid Nº 99 ↩
- Ministerio de la Gobernación. 1905. Clasificación de las plazas de médicos titulares de la provincia de Jaen. Gaceta de Madrid Nº 251 ↩